Vacaciones de invierno: Descuentos en pasajes para maestros y estudiantes

descuento-transporteLas vacaciones de Invierno tienen sus ventajas para maestros y estudiantes, con descuentos en transporte en los servicios ferroviarios y del autotransporte federal de pasajeros.

Hasta el 7 de enero de 2020, las empresas deberán otorgar descuentos de entre el 25% al 50% a estudiantes y maestros en el costo de sus pasajes en los viajes que realicen en territorio nacional en primera clase y económica.

Según informó la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) se establecen los descuentos en los periodos vacacionales aprobado por la Secretaría de Educación Pública (SEP).

¿Quiénes pueden acceder a estos descuentos?

La reducción tarifaria sólo será para maestros y estudiantes que pertenezcan a las instituciones educativas integradas a los sistemas de educación de la Secretaría de Educación Pública (SEP) y direcciones o departamentos de educación de entidades federativas.

También incluye a los alumnos y profesores de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), del Instituto Politécnico Nacional (IPN), universidades de toda la República, institutos, escuelas libres de derecho, comercio y homeopatía, Colegio de Bachilleres, así como las escuelas incorporadas a las mismas.

¿Qué servicios aplican los descuentos?

El descuento será aplicable en todas las corridas del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros en su modalidad de regular interurbano, así como en los servicios de primera y económico del autotransporte federal de pasajeros, limitado a ocho estudiantes y dos maestros por vehículo.

¿Cómo obtener el descuento?

Tienen derecho a esta reducción, vigentes en toda la República Mexicana, profesores y alumnos que deberán mostrar la credencial correspondiente en vigor con nombre y sello de la escuela, nombre y fotografía del titular y, en su caso, número de cuenta o matrícula, o mediante una constancia expedida para ello por la escuela a la que pertenezcan.

Recuerde que los prestadores de servicios ferroviarios y permisionarios pondrán a la venta los boletos con la misma anticipación que los normales, en tanto que los beneficiarios tendrán que presentar credencial o constancia en las inspecciones que se practiquen a bordo de los vehículos.

Condiciones

Los prestadores de servicios ferroviarios de pasajeros en su modalidad de interurbano y los permisionarios del servicio de autotransporte federal de pasajeros en los servicios de primera y económico, deberán otorgar tarifas reducidas en un 25% y 50% de las tarifas que se encuentren aplicando y que estén a la vista del público, a maestros y estudiantes que utilicen sus servicios en los periodos de vacaciones aprobados por la Secretaría de Educación Pública, así como durante los periodos de vacaciones aprobados por las diversas universidades del país para el mismo ciclo lectivo.

Para ello, los maestros y estudiantes deberán acreditar su carácter ante los prestadores de servicios ferroviarios y los permisionarios, mediante la exhibición de la credencial correspondiente en vigor o, en su defecto, a través de la constancia que para el efecto expida la escuela a la que pertenezcan, misma que deberá contener cuando menos el nombre y sello de la escuela, nombre y fotografía del titular y, en su caso, número de cuenta o matrícula.

La normativa regula que cuando los maestros y estudiantes disfruten de vacaciones en fechas distintas a las señaladas en el calendario lectivo establecido por la Secretaría de Educación Pública, la solicitud del descuento ante los prestadores de servicios ferroviarios y los permisionarios, se realizará mediante el acreditamiento de la constancia oficial expedida por la escuela o universidad a la que pertenezcan, misma que deberá especificar que los interesados se encuentran en periodo de vacaciones, así como el periodo de duración de ellas.

Las credenciales con que los maestros y estudiantes deberán acreditar el derecho al descuento serán exclusivamente de las instituciones educativas siguientes integradas a los sistemas de educación de Secretaría de Educación Pública, direcciones o departamentos de educación en las entidades federativas; Universidad Nacional Autónoma de México; Instituto Politécnico Nacional; universidades de toda la República; institutos; escuelas libres de derecho, comercio y homeopatía; colegio de bachilleres, así como las escuelas incorporadas a las mismas.

En caso de que los maestros y estudiantes viajen en grupo por ferrocarril, los prestadores de servicios ferroviarios podrán expedir boletos de grupo, en aquellos casos en que se encuentre previsto tal supuesto en las tarifas registradas o en sus reglas de aplicación.

El descuento se efectuará en todas las corridas del servicio público de transporte ferroviario de pasajeros en su modalidad de regular interurbano y de los servicios de primera y económico del autotransporte federal de pasajeros, quedando limitado a ocho estudiantes y dos maestros por vehículo.

Los boletos, materia de la presente Circular, deberán ponerse a la venta, por los prestadores de servicios ferroviarios y los permisionarios, a los estudiantes y maestros con la misma anticipación que los boletos normales; asimismo, en dichos boletos deberá anotarse la leyenda «vacaciones».

Los estudiantes y maestros estarán obligados a presentar sus credenciales o constancias en las inspecciones que se practiquen a bordo de los vehículos.

Resumen de condiciones para hacer válida la reducción en la tarifa a maestros y estudiantes

  • Presentar una credencial o constancia que contenga el nombre y fotografía del titular, nombre y sello de la escuela, y en su caso, número de cuenta o matrícula.
  • Las credenciales con las que se podrán identificar, deben ser exclusivamente de los sistemas incorporados a la SEP, a la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), Instituto Politécnico Nacional (IPN), universidades de todo el país, institutos, escuelas libres de derecho, comercio, homeopatía, así como Colegios de Bachilleres y escuelas afiliadas a las mismas.
  • Instituciones que tengan un lapso vacacional diferente al calendario estipulado por la SEP, los maestros y estudiantes, tendrán que mostrar una constancia oficial expedida por su escuela o universidad, en la que se especifique que se encuentran en periodo de vacaciones y la duración de este, precisa.
  • El descuento está limitado a ocho estudiantes y dos maestros por corrida, y están obligados a mostrar sus respectivas identificaciones, en el caso de que se presentara una inspección, a bordo de los vehículos.

Quejas

Las quejas por infracciones a lo dispuesto por esta Circular, en lo concerniente a la materia de tarifas ferroviarias deberán presentarse ante la Dirección General de Transporte Ferroviario y Multimodal y en caso de niveles de cobro del autotransporte, ante la Dirección General de Autotransporte Federal o, en su defecto y para ambos casos, ante el Departamento de Autotransporte Federal del Centro SCT que corresponda al domicilio del usuario.
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